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domingo, 13 de septiembre de 2015

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'Se violaría la ley si los expertos del GIEI interrogaran a militares', dice el ejército peñista

Anon Hispano - 12:30 p.m.
La comandancia de la IX región militar de la Secretaría de la Defensa Nacional peñista (Sedena), con sede en Guerrero, consideró que carece de “sustento legal” la solicitud de los expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para interrogar a soldados por el caso de la masacre y desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.





Por ello, respaldó la postura del gobierno peñista de no permitir las entrevistas con miembros del ejército, argumentando que de lo contrario se estarían violando los “derechos fundamentales de los militares”.

La postura de la Sedena frente al caso Ayotzinapa, fue plasmada a través de un documento titulado “Impedimento legal para que el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes entreviste a personal militar”, firmado por el jefe de Estado Mayor de la IX región militar con sede en Acapulco, el general de brigada, Arturo Vallarta Tafolla, fechado el jueves 10 y difundido este día en medios locales.

Los integrantes del GIEI, han planteado públicamente que buscan entrevistar a soldados del 27 batallón de infantería porque ha quedado demostrado en el expediente del caso Ayotzinapa que militares vigilaron a los normalistas desde su llegada a la ciudad de Iguala la noche del pasado 26 de septiembre, previo a la cacería que dejó seis muertos, una decena de heridos y 43 desaparecidos.

Al respecto, la comandancia de la IX región militar, estructura castrense de la que depende el 27 batallón de infantería y la 35 zona militar, señaló que no se autorizaron las entrevistas a los soldados que estuvieron al tanto de la masacre contra los normalistas, porque este hecho “excede” las funciones del GIEI.

En el documento 030433, el ejército peñista plantea que “la decisión mexicana” de no permitir las entrevistas en los términos del GIEI, se debe a que “transgrede el orden jurídico mexicano”.

Luego señala que “se excede el mandato otorgado; y principalmente se violan los principios del debido proceso y por ende los derechos fundamentales de los militares, colocándolos en la incertidumbre y vulnerabilidad jurídica”.

El brigadier Arturo Vallarta recuerda que el acuerdo para la incorporación de asistencia técnica internacional desde la perspectiva de Derechos Humanos en la investigación de la desaparición forzada de 43 estudiantes de Ayotzinapa, suscrito el 12 de noviembre de 2014 entre el gobierno mexicano y la CIDH, se establecieron las atribuciones del GIEI.

Refirió que las facultades del grupo de expertos conformado en su totalidad por personas extranjeras, consisten en actividades de análisis y de ser el caso, formular recomendaciones de las acciones a implementar, así como la posibilidad de tener acceso a los expedientes de las investigaciones y causas penales.

El ejército considera que en “ninguna parte del acuerdo establece que dicho grupo podrá realizar entrevistas, interrogar, tomar declaraciones directamente a persona alguna o practicar diligencias”.

También, dice -sin especificar cuántos- que los soldados que vigilaron las actividades de los normalistas de Ayotzinpa y presenciaron los graves hechos que desencadenaron la masacre y desaparición de los estudiantes, “antes y después de la solicitud del GIEI, acudieron a declarar al Ministerio Público”.

Enseguida, argumenta que en caso de que el peñismo apruebe la solicitud del GIEI, “supondría una violación a la ley” y cita los artículos 1, 16 y 21 de la Constitución, así como el 2 y 73 del Código Federal de Procedimientos Penales, que establecen la obligación de la autoridad de respetar, proteger, garantizar los derechos humanos y realizar sólo aquellos actos que la ley expresamente le faculta, los cuales deben estar fundados y motivados debidamente y concluye que el planteamiento del grupo “carece de fundamento legal”.

“En el estado mexicano la investigación de los delitos compete al Ministerio Público y a las policías, sin que ninguna autoridad pueda autorizar, en esa investigación, a particulares entrevistar a los testigos, como sería el caso por este grupo de extranjeros”, agrega el jefe del estado mayor de la IX región militar y remata:

“En México, de acuerdo a sus normas nacionales, es el Ministerio Público o la autoridad judicial, quienes podrían formular a los militares las preguntas conducentes”.

Fuente: Proceso
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AP