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sábado, 17 de agosto de 2013

Criminalizando el uso del dinero en efectivo. #Méjico #NWO #OBEY

Anon Hispano - 10:38 p.m.

Temática del post: Alerta

El 18-Aug-2013 03:38:04 (UTC) el usuario As (s@h.com) de México escribió:

CRIMINALIZANDO EL USO DEL DINERO EN EFECTIVO.
#MÉJICO #1n9w8o4 #OBEY


LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA


TEXTO VIGENTE (A partir del 17-07-2013)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012
...



Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes:

I. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;

II. Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;

III. Transmisiones de propiedad de relojes, joyería, Metales Preciosos y Piedras Preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;

IV. Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientos diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;

V. Prestación de servicios de blindaje para cualquier vehículo de los referidos en la fracción II de este artículo o bien, para bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;

VI. Transmisión de dominio o constitución de derechos de cualquier naturaleza sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación, o

VII. Constitución de derechos personales de uso o goce de cualquiera de los bienes a que se refieren las fracciones I, II y V de este artículo, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, mensuales al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación.

MORE:

http://www.cnnexpansion.com/economia/2013/08/16/hacienda-publica-reglamento-antilavado

http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2013/08/16/194930897-emite-pena-nieto-reglamento-de-ley-antilavado/

http://putasparanoias.blogspot.co.uk/search/label/NWO

http://putasparanoias.blogspot.co.uk/search/label/1984

http://putasparanoias.blogspot.co.uk/2012/04/suecia-el-primer-pais-sin-billetes-de.html


IMÁGENES:
http://1.bp.blogspot.com/-7RqFuLgO1pQ/T5hOJPPXzRI/AAAAAAAAA7k/lS5V1IOUMIs/s1600/ryrttttttt.jpg

LINKS:
http://www.cnnexpansion.com/economia/2013/08/16/hacienda-publica-reglamento-antilavado

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