Al respecto, la diputada Hortencia Zúñiga Torres, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), dijo que esa ley “pretende criminalizar la protesta social, regular las marchas y las manifestaciones”.
Con 26 votos a favor, cuatro en contra y una abstención, los legisladores aprobaron la iniciativa presentada por el Ejecutivo estatal y autoriza el uso de armas no letales para dispersar manifestaciones violentas.
En el artículo 8 establecen los distintos tipos o niveles en el uso legítimo de la fuerza:
También el artículo 9 establece que el uso de armas de fuego contra las personas “salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, o con objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”.
- Persuasión o disuasión verbal: A la utilización de palabras o gesticulaciones, que sean catalogadas como órdenes, y que con razones y tiempo suficiente permitan a la persona facilitar a los integrantes o funcionarios de las Instituciones de Seguridad Pública, realizar en forma cabal sus funciones.
- Reducción Física de Movimientos: A las tácticas especializadas, métodos o instrumentos que permitan controlar temporalmente los movimientos corporales de las personas que se han resistido y han obstaculizado las funciones de las Instituciones de Seguridad Pública.
- Utilización de armas incapacitantes no letales, a fin de reducir o controlar la resistencia activa de una persona.
- Utilización de armas de fuego o letales a efecto de reducir o repeler una resistencia activa agravada de una persona.
La ley considera como manifestación violenta cuando un grupo de personas se encuentre armado, o si se está protestando ante la autoridad, se hace uso de amenazas para intimidar u obligar a resolver en el sentido que deseen los inconformes, o se incita a la comisión de un delito o se perturba la paz pública y la seguridad ciudadana.
#QUENOTEAPAGUEN
El pasado 6 de abril, grupos sociales y organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, conformados ahora en un frente único, anunciaron que recurrirán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para frenar “el intento Estado mexicano” –y en particular de cuatro entidades: Quintana Roo, Jalisco, San Luis Potosí y el Distrito Federal– de criminalizar la protesta social por medio de lo que calificaron como un “andamiaje legal”.
Anunciaron el lanzamiento de la campaña “#QueNoTeApaguen” para informar y concientizar a la sociedad a partir de documentos de análisis, gráficos y audiovisuales “sobre las pretensiones del Estado para limitar la protesta social”.
Por medio de un comunicado y también en una conferencia de prensa, explicaron que en meses recientes se han presentado o aprobado diversas iniciativas legislativas, tanto a nivel federal como local, que giran en torno al ejercicio del derecho a la protesta social y a la libertad de expresión.
Hoy Chiapas se sumó a esas entidades que pretenden o que ya han autorizado controlar e incluso castigar la protesta social.
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